Madrid: Beneficios fiscales (deducciones del IRPF) para el 2018

Madrid: Beneficios fiscales (deducciones del IRPF) para el 2018

  • Los madrileños que sean padres a partir de 2018 se podrán deducir 600 euros anuales durante tres años
  • La Comunidad de Madrid también se amplía la deducción por arrendamiento a menores de 35 hasta los 1.000 euros
  • Los jóvenes emprendedores podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año de actividad

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Las familias madrileñas se podrán beneficiar de una deducción de 600 euros anuales durante 3 años por cada hijo nacido o adoptado a partir del 1 de enero de 2018, fecha en la que entra en vigor el incremento en la deducción por nacimiento o adopción previsto en la Ley de Presupuestos de 2018 de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno presidido por Cristina Cifuentes, además de poner en marcha esta medida, también ha decidido mantener el resto de deducciones por nacimiento o adopción de hijos que incrementan la cuantía de la deducción en el caso de adopción internacional y en los supuestos de partos o adopciones múltiples, deducciones que podrán aplicarse al realizar la declaración de la Renta de 2018.

Por otro lado, a partir de hoy también se amplía al 30 % la deducción por alquiler de vivienda habitual para los menores de 35 años que hasta la fecha podían deducirse el 20 %. Además, para el ejercicio fiscal que hoy comienza se incrementa la cantidad máxima deducible al año, desde los 840 euros hasta los 1.000 euros, y se eleva la edad hasta los 40 años para las personas en situación de desempleo con cargas familiares.

La previsión es que cerca de 165.000 madrileños puedan beneficiarse de estas ampliaciones en las deducciones fiscales en su declaración de la Renta correspondiente a 2018. Por otra parte, este año, los más de tres millones de contribuyentes madrileños van a poder seguir beneficiándose de la tarifa autonómica del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) más baja de España.

La Comunidad de Madrid ha rebajado el IRPF en la última década entre el 20,8% para las rentas más bajas (inferiores a 12.450 euros) y un 2,3% para las rentas más altas (superiores a 53.407,20 euros). Además, la Comunidad ha incrementado la reducción del mínimo por descendientes por encima de la modificación llevada a cabo por el Gobierno de la Nación. Así, en el caso de familias numerosas, la Comunidad de Madrid se ha incrementado el mínimo por descendientes en un 10%, alcanzando el máximo permitido por Ley.

Se mantienen los beneficios fiscales

Otros de los beneficios fiscales para las familias tienen que ver con el acogimiento de menores, personas mayores de 65 años o personas con discapacidad. A todo ello hay que añadir las deducciones por gastos educativos y las que podrán realizar las familias con al menos dos hijos y renta familiar inferior a 24.000 euros.

Por su parte, los jóvenes emprendedores podrán deducirse hasta 1.000 euros durante el primer año de la actividad. Además, a los inversores en entidades de reciente creación o expansión podrán deducirse el 20% de las cantidades invertidas siempre que contribuyan también con su conocimiento y experiencia al desarrollo de la empresa.

Deducción en el IRPF
  • Deducciones por el nacimiento o adopción de hijos de hasta 1.800 euros en tres años.
  • Deducciones por adopción internacional, que incrementa en 600 euros la deducción general por adopción.
  • Deducciones por el acogimiento familiar de menores de hasta 900 euros.
  • Deducciones por el acogimiento de mayores o personas con discapacidad de 900 euros al año.
  • Deducciones por gastos educativos de hasta 900 euros anuales.
  • Deducciones para familias con al menos 2 hijos y recursos económicos reducidos del 10% de la cuota íntegra autonómica.
  • Deducciones de hasta 1.000 euros anuales por arrendamiento a menores de 35 años y hasta los 40 años si están en situación de desempleo y tienen cargas familiares.
  • Deducciones del 20% de las cantidades aportadas por invertir en entidades de reciente creación o expansión y en entidades cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil.
  • Deducciones para jóvenes emprendedores de 1.000 euros en el año en que inicien su actividad.

[Fuente: Oficina de Comunicación de la Comunidad de Madrid]

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