Guía para obtener la tarjeta de la Salud Pública (tarjeta sanitaria) en Madrid - InmigrantesEnMadrid.com

Guía para obtener la tarjeta de la Salud Pública (tarjeta sanitaria) en Madrid

El sistema de salud público español es uno de los mejores del mundo, por lo que es recomendable que, si vives en España de forma legal, solicites y obtengas la Tarjeta Sanitaria que te da derecho a utilizar sus servicios.

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La asistencia sanitaria es responsabilidad de cada Comunidad Autónoma. En este artículo explicaremos cómo es el proceso para obtener la Tarjeta Sanitaria en la Comunidad de Madrid. Suponemos que dicho proceso es muy similar en el resto del país, aunque no podemos asegurarlo.

De acuerdo con su página web, la asistencia sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar y restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo.

Para poder tener acceso a la sanidad pública española, debes estar bajo uno de estos dos supuestos: Asegurado o Beneficiario.

Una vez más, la página web de la Seguridad Social explica claramente quiénes son asegurados y quiénes beneficiarios, de la siguiente forma:

Asegurados:

Tendrán la condición de asegurado, entre otras, las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
  • Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.
  • Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo u otras de similar naturaleza.
  • Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España. Este supuesto no será de aplicación a los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España (por lo tanto, debes ser residente legal en España).

Las personas no comprendidas en el punto anterior, que, no teniendo cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, se encuentren en algunos de los supuestos siguientes:

  • Tener nacionalidad española y residir en territorio español.
  • Ser nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y estar inscritos en el Registro Central de Extranjeros.
  • Ser nacionales de un país distinto de los mencionados en los apartados anteriores, o apátridas, y titulares de una autorización para residir en territorio español, mientras ésta se mantenga vigente en los términos previstos en su normativa específica.
Beneficiarios:

Tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, quienes se encuentren quienes se encuentren, entre otras, en las siguientes situaciones:

  • Ser cónyuge de la persona asegurada o convivir con ella con análoga relación de afectividad, constituyendo pareja de hecho.
  • Ser ex cónyuge o estar separado judicialmente, a cargo del asegurado por tener derecho a percibir pensión compensatoria.
  • Ser descendiente, o persona asimilada, de la persona asegurada o de su cónyuge, aunque esté separado judicialmente, de su ex cónyuge a cargo o de su pareja de hecho, en ambos casos a cargo del asegurado y menor de 26 años o, en caso de ser mayor de dicha edad, tener una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65%.
  • Las hermanas y los hermanos de la persona asegurada.

Tendrán la condición de beneficiarios si cumplen los requisitos de:

  • No ostentar la condición de personas aseguradas.
  • Tener residencia autorizada y efectiva en España, salvo las personas que se desplacen temporalmente a España y estén a cargo de trabajadores trasladados por su empresa fuera del territorio español, siempre que éstos se encuentren en situación asimilada a la de alta, cotizando en el correspondiente régimen de Seguridad Social español.

Por lo tanto, el primero y más importante de los requisitos para tener acceso a la sanidad pública española es ser español o ser extranjero con residencia legal en España.

Por lo tanto, si te encuentras dentro de los supuestos mencionados anteriormente y deseas obtener tu tarjeta sanitaria para poder ir al médico a trajes de la sanidad pública española, necesitas tres cosas (y debes obtenerlas en ese orden específico):

  1. Número de la Seguridad Social
  2. Documento que acredite el derecho a la Sanidad Pública
  3. Tarjeta Sanitaria

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Tal como indicamos anteriormente, la atención sanitaria es responsabilidad de cada Comunidad Autónoma. A continuación, explicamos el trámite de la obtención de la Tarjeta Sanitaria en la Comunidad de Madrid:

Obtener número de la Seguridad Social

El número de la Seguridad Social es indispensable para poder trabajar. Si ya lo has solicitado con anterioridad, puedes obviar este paso.

Lo pueden solicitar todos los que tengan residencia legal en España, los españoles deben tener DNI y los extranjeros NIE con tarjeta de residencia y autorización para trabajar. Los ciudadanos comunitarios no necesitan tener el Registro de Comunitario, pero sí deben tener NIE.

Para obtener este número debes dirigirte a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde llenas una planilla, la acompañas con una fotocopia de tu pasaporte + NIE o DNI y te dan tu número. Ya con ese puedes trabajar sin problemas. No es necesario cita previa.

Importante: Ten en cuenta que la Tesorería General de la Seguridad Social es diferente a la Seguridad Social (así solita sin la palabra “Tesorería” delante).

Puedes buscar la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana en este enlace de Google Maps.

Requisitos:

Extranjeros: Tarjeta de Residencia o documento de identidad

Españoles: DNI

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Obtención de documento que demuestra tu derecho a la Asistencia Sanitaria

El documento que demuestra tu derecho lo tienes que pedir en la Seguridad Social, es imprescindible para pedir la tarjeta sanitaria. Sin eso no te la emitirán.

Para este trámite necesitas cita previa que puedes solicitar en este enlace.

Los tiempos pueden ser largos. Si tienes urgencia puedes buscar en oficinas que estén en las afueras de Madrid Centro, donde las citas suelen ser más rápidas (en algunos casos de un día para otro).

Requisitos:

Españoles: DNI y volante de empadronamiento

Extranjeros: Tarjeta de Residencia o documento de identidad y volante de empadronamiento

Obtención Tarjeta Sanitaria

Para pedir la Tarjeta Sanitaria en Madrid, necesitas lo siguiente:

  • Documento que da derecho a la sanidad pública (que te dieron en el paso anterior)
  • Volante de empadronamiento
  • Documento de identidad

Debes dirigirte al centro de salud que corresponde con la dirección de tu volante de empadronamiento. Para saber cuál es el centro de salud que te corresponde por tu código postal, entra en esta página.

Allí buscas la taquilla de “Tarjeta Sanitaria”, indicas que vas a pedir la tarjeta por primera vez, te piden los requisitos, te preguntan datos tuyos, eliges el médico de familia y la enfermera y te entregan un papel con el que de inmediato puedes pedir tu primera cita.

Aproximadamente un mes después te llegará la tarjeta por correo a tu casa, aunque en algunos casos lo entregan pasado ese tiempo en el mismo centro de salud. Ellos te dirán cuál será tu caso.

Esperamos que esta guía haya sido sencilla de entender. Si te ha gustado, por favor, compártela. Gracias.

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